Proceso de Evaluación

Se consideran objeto de contribución a los manuscritos originales e inéditos enviados a la revista para su publicación. Los objetos de contribución son producto de investigaciones teóricas y/o empíricas en el área de ciencias jurídicas y no deben estar bajo consideración de otra editorial y/o revista, no deben haber sido publicados en otra parte en una forma sustancialmente similar.

Todo objeto de contribución será sometido a una evaluación por pares. Los tres árbitros asignados serán expertos en la materia y podrán emitir un resultado que será considerado para la toma de decisiones sobre la publicación.  El Comité editorial se asegurará de que cada objeto de contribución sea aplicado el tratamiento de evaluación respectivo.

El objeto de contribución enviado a las secciones Doctrinas, Artículos en Ciencias Jurídicas, Artículos en Ciencia Política, Ensayos, Contribuciones Estudiantiles y Artículos Especiales, se le aplicará una evaluación por pares de tipo Doble Ciego, es decir, los autores y los árbitros desconocen sus respectivas identidades y afiliaciones.

El objeto de contribución enviado a las secciones Reseña Jurisprudencial, Reseña Bibliográfica y Conferencias se le aplicará una evaluación por pares de tipo Simple Ciego, es decir, los árbitros son conscientes de las identidades de los autores, pero los autores no saben quién revisó su objeto de contribución.

El proceso de arbitraje inicia con una revisión por parte de Editor jefe, quien se asegura que el objeto de contribución es acorde con el alcance y enfoque de la revista. Verificará el cumplimiento de las directrices para autores.

Realizada esta evaluación, se empieza la discusión con el Comité editorial y se procederá a dar por admitido el objeto de contribución o en su defecto, a rechazar el envío. De acuerdo, a la decisión de admitido se procederá a la selección de árbitros especialistas nacional e internacional de reconocido prestigio y experticia. En ambos casos, se le notificará al autor de correspondencia el estatus del objeto de contribución.

Los tres árbitros deberán evaluar y emitir sus respectivos comentarios sobre la base del contenido tratado, valorando el carácter inédito, su originalidad, el rigor metodológico, la pertinencia, la creatividad, las propuestas y aportes al desarrollo de la ciencia.

Los árbitros, tras ejecutar su evaluación, emitirán un reporte que será revisado por el Comité editorial para la toma de decisión final. La Escala a considerar en la siguiente:

  1. Publicable: El objeto de contribución no requiere actualizaciones, modificaciones, ni mejoras.
  2. Publicable con modificaciones ligeras: El objeto de contribución requiere modificaciones sencillas (redacción, sintaxis, correcciones sobre muy pocas referencias, entre otros).
  3. Publicable con modificaciones sustanciales: El objeto de contribución requiere una revisión del último criterio jurisprudencial o doctrinal a fin de efectuar actualizaciones relevantes.
  4. No publicable: El objeto de contribución requiere rescribirse y modificarse en su totalidad, dado que, no responde a criterios doctrinales, jurisprudenciales e incumple las normas de la Revista. En definitiva, no está apto para ser publicado.

El estatus del objeto de contribución será notificado al autor de correspondencia. Para el caso Publicable con modificaciones ligeras, el autor tras recibir la notificación tendrá un plazo de 15 días hábiles para subsanar los errores y verificar los criterios. Para el caso Publicable con modificaciones sustanciales, implica la comprobación y asignación nuevamente de árbitros.

Las correcciones del autor, el Comité editorial revisará las incorporaciones de las correcciones y según cada caso, se tomará una decisión final sobre la publicación.

Para el caso, Publicable, el Comité editorial procederá a la asignación de volumen, número y año al objeto de contribución, notificando a su autor de correspondencia dicha información.

La decisión sobre la publicación debe ser adoptada en ocho semanas máximo y su publicación no excederá de seis meses.