Cumplimiento de la obligación de dar en los contratos de compraventa
Palabras clave:
Obligación de dar, transmisión de propiedad, tradición, oponibilidad, consensualismoResumen
El presente artículo tuvo como objetivo analizar la obligación de dar en los contratos de compraventa según el derecho patrimonial venezolano. Se utilizó la investigación jurídica descriptiva y un diseño documental, que permitió registrar y sistematizar en fichas de trabajo 51 unidades de análisis extraídas de las fuentes principales sobre el tema. El principal resultado arribo al hecho de que, el efecto real transmisivo de propiedad, propio del contrato de compraventa que se da con el consentimiento, es oponible entre las partes y a una categoría de terceros a quienes les es oponible el efecto del acto jurídico no registrado. De esta manera se concluyó que la obligación de dar en el contrato de compraventa se basa en la transferencia de la propiedad, lo que implica que la propiedad ingresa en el patrimonio del adquirente a través del consentimiento legítimamente manifestado, sin necesidad de que se haya verificado la tradición u otras formalidades posteriores al perfeccionamiento del contrato de venta.
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